Universidad Técnica Federico Santa María

Ley de Plásticos de un solo uso: “debemos esforzarnos en dejar de ser consumidores y transformarnos en usuarios»

11 - febrero - 2022

Implementación de la ley 21.368 ¿Qué rol nos corresponde?, ¿Qué debemos saber? y ¿qué podemos hacer?.

Columna de opinión de Santiago Geywitz Bernal, Jefe de Carrera de Ingeniería en Fabricación y Diseño Industrial del Departamento de Diseño y Manufactura.

La también denominada Ley PUSU “Productos de un solo uso y de las botellas plásticas”, fue publicada en agosto del 2021, y de acuerdo con su cronograma, corresponde que ahora, a 6 meses de su promulgación, comiencen las primeras acciones, para que, en el plazo de 2 y 3 años, este completamente implementada.

¿Qué implica?, de acuerdo su artículo 1°, tiene por objeto proteger el medio ambiente y disminuir la generación de residuos. Por lo mismo es importante conocer qué regula.         La principal idea de esta ley es “promover e implementar programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía sobre el impacto ecológico de los productos de un solo uso y la importancia de reducir su consumo, y fomentar el uso de productos reutilizables y retornables”, pero por supuesto no es lo único.

Como su fin es disminuir el consumo de plásticos de un solo uso, esta misma se divide en un par de temáticas, por una parte, lo que corresponde a la regulación del uso de plásticos, por lo mismo es importante reconocer a qué productos y plásticos son los que esta ley afecta. Por un lado, como usuarios, debemos saber qué tipo de productos son los determinados productos de un solo uso: “vasos, tazas, tazones, cubiertos (tenedor, cuchara y cuchillo), palillos, pocillos, mezcladores, bombillas, platos, copas, cajas o envases de comida preparada, bandejas, sachets, individuales y tapas que no sean de botellas, en tanto no sean reutilizables”.  Estos productos, comienzan por esta fecha su prohibición, y los comercios dispondrán hasta el 2024 para implementarlos en materialidades que permitan su reciclaje y compostaje.

Eso si la ley es imperativa en lo referente a prohibir los productos de Poliestireno Expandido (plumavit) que, dada su baja reciclabilidad, son de prohibición inmediata a 6 meses de promulgada la ley, cuestión que se cumple en esta fecha, según este cronograma.

Por otra parte, las botellas plásticas, deberán ir paulatinamente incrementando el concepto de retornable, y el porcentaje de plástico recuperado en su composición, deberán alcanzar un porcentaje no inferior al 15% al año 2025; 25% al año 2030; 50% al año 2040, 60% al año 2050, para finalmente llegar a un 70% para 2060.

Entonces, ¿qué hacemos?, aquí cabe preguntarse ¿qué rol nos corresponde, consumidores o usuarios? Pueden parecer sinónimos, pero debemos esforzarnos en dejar de ser “consumidores” y transformarnos en “usuarios” entendiendo que la diferencia entre ambos se refiere a nuestro comportamiento ante todo tipo de productos, pues parte importante de la ley entrega herramientas para educación sobre reducción de consumo, y conceptos como desechable, reutilizable, reciclaje, compostaje entre otras cuestiones.

Allí es donde debemos involucrarnos y hacernos responsables, del uso no solo de los productos de esta ley, sino que en aquellos donde podamos disminuir el consumo de plásticos y preferir aquellos productos que efectivamente sean biodegradables, además de educarnos sobre reciclaje y compostaje, según corresponda, de modo que a medida que se implementa esta ley, vayamos reconociendo efectivamente aquellas marcas, productos y materialidades, que sean de verdad ecoeficientes, pues la ley indica que  “los establecimientos que entreguen productos de un solo uso deberán informar a los consumidores sobre la manera adecuada de valorizar los residuos en los que se transformarán dichos productos y sensibilizar a los consumidores sobre el impacto ecológico de los residuos y la importancia de su valorización”.      

Esta ley también faculta a las municipalidades para fiscalizar su cumplimiento, además de que cualquier persona, podría denunciar su incumplimiento, pero más importantes que estas atribuciones, se vuelve el derecho y la responsabilidad de informarnos y de preferir aquellos productos que no dañen nuestro medio ambiente.

Por último y quizá más importante, es estar atento a las oportunidades que se generan por la necesidad de incorporar a nuestra matriz productiva, nuevos materiales y procesos, que nos permitan efectivamente incorporarnos a la economía circular y a un desarrollo sostenible.

 

 

 

 

 

Compartir en:

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email
Imprimir

Noticias Relacionadas

Investigadores mostraron avances sobre conocimiento de tsunamis en Chile

En seminario organizado por el académico USM, Dr. Jorge León, científicos de distintas universidades dieron a conocer estudios y los adelantos de los últimos

Fecha de publicación:

Rector Juan Yuz asume la presidencia del CRUV

La máxima autoridad de la USM encabezará el Consejo de Rectores de Valparaíso durante un año tras el término del periodo de su símil,

Fecha de publicación:

Admisión USM

Ingresa tus datos para ser contactado y resolver tus dudas y/o consultas.
Búsqueda
Para salir presione tecla Escape o el botón X