Glaciares en disputa: la advertencia que llega desde Argentina

Por Francisco Cereceda

profesor titular Departamento de Química; director CETAM.

Departamento de Química; CETAM.

18 - marzo - 2026

Durante años, los glaciares han sido vistos como paisajes remotos, inalterables y eternos ubicados en las alturas de la cordillera y aparentemente ajenos a las decisiones políticas cotidianas. Sin embargo, cada vez resulta más evidente que lo que ocurre en esos territorios helados tiene consecuencias directas en la seguridad hídrica de millones de personas. La discusión que hoy se desarrolla en Argentina en torno a la posible modificación de su ley de glaciares demuestra con claridad que estos ecosistemas no solo son una cuestión científica o ambiental, sino también un tema profundamente político, social y estratégico.

La Ley de Glaciares argentina, aprobada en 2010, se convirtió en una de las normativas más avanzadas del mundo para la protección de estos cuerpos de hielo. Su principio central era claro: reconocer a los glaciares y a su entorno como reservas estratégicas de agua dulce. En consecuencia, la legislación prohibía actividades que pudieran dañarlos o alterar su funcionamiento natural, particularmente aquellas asociadas a industrias extractivas como la minería o la explotación hidrocarburífera.

Este enfoque respondía a una comprensión científica relativamente consolidada. Los glaciares no son solo masas de hielo: forman parte de sistemas complejos que regulan el ciclo del agua en zonas de montaña. Funcionan como reservas que almacenan precipitaciones durante los inviernos y liberan agua gradualmente durante los meses más secos. En regiones áridas o semiáridas de los Andes, este mecanismo es fundamental para sostener ríos, acuíferos y ecosistemas completos.

La controversia actual surge a partir de una propuesta de reforma que busca modificar parte de esa protección, motivada lamentablemente no por una mayor protección sino justamente todo lo contrario. Entre los argumentos que se han planteado para impulsar los cambios aparece uno que resulta familiar en toda la región: la necesidad de facilitar inversiones, especialmente en minería. Algunos sectores sostienen que la legislación vigente es demasiado restrictiva y que impide desarrollar proyectos económicos relevantes en zonas cordilleranas. Bajo esta mirada, flexibilizar ciertos aspectos de la ley permitiría atraer capitales, impulsar el crecimiento y aprovechar recursos minerales estratégicos.

Sin embargo, las críticas que han surgido desde la comunidad científica, organizaciones ambientales y especialistas en derecho ambiental apuntan en una dirección diametralmente distinta. Una de las principales preocupaciones es que las modificaciones propuestas reducirían el alcance de la protección, especialmente en el ambiente periglacial, es decir, las zonas que rodean a los glaciares y que cumplen un rol crucial en la regulación hídrica y los servicios ecosistémicos. Aunque estas áreas no siempre contienen hielo visible, funcionan como reservorios y filtros naturales que permiten almacenar y liberar agua de forma gradual, además de albergar una biodiversidad muy importante en los ecosistemas de montaña.

Debilitar la protección de estos espacios podría tener efectos difíciles de revertir. Alterar su estructura mediante actividades industriales puede modificar el flujo y la calidad química del agua en cuencas completas, afectando tanto la disponibilidad hídrica como la estabilidad de los ecosistemas de montaña. En otras palabras, la discusión no se limita a la conservación de paisajes naturales, sino a la gestión de un recurso esencial para la vida misma.

Este debate adquiere un significado especial cuando se observa desde Chile, ya que ambos países comparten la cordillera de los Andes y gran parte de los sistemas glaciares del sur del continente, enfrentan desafíos muy similares: el retroceso acelerado de los glaciares producto del cambio climático, una presión creciente sobre los recursos hídricos y la expansión de actividades económicas en zonas de alta montaña por los denominados convenientemente como recursos estratégicos.

Chile, de hecho, alberga cerca del 80 % de los glaciares de Sudamérica. Muchos de ellos se encuentran en la zona central, donde la disponibilidad de agua depende cada vez más del deshielo estacional. Tras más de una década de megasequía, la importancia de estas reservas naturales se ha vuelto evidente, sin embargo, en nuestro país la protección legal de los glaciares ha sido históricamente un tema complejo y objeto de debate. Lamentablemente hasta ahora no tenemos una ley de protección de glaciares y zonas periglaciares, ni tampoco se ve que podamos tenerla en el corto plazo. Considerando que Chile y Argentina, comparten en el cono sur gran parte de la cordillera de los Andes, es natural y deseable que la cordillera junto a sus recursos hídricos se proteja de manera conjunta, se trata de un único ecosistema que obviamente no conoce de fronteras imaginarias y geopolíticas generadas por nosotros los humanos. 

En ese contexto, lo que ocurre en Argentina funciona inevitablemente como un espejo. No porque las realidades políticas o institucionales sean idénticas, sino porque los dilemas de fondo son los mismos: ¿cómo equilibrar la explotación de recursos minerales con la protección de ecosistemas que garanticen la seguridad hídrica a largo plazo? ¿Es posible compatibilizar ambos objetivos sin comprometer uno de ellos? Los países deben darse cuenta de que su riqueza económica no depende solamente de lo que se tiene o se puede explotar, sino de lo que se necesita y en este caso lo que se necesita es un recurso vital para la subsistencia: agua.

La experiencia internacional muestra que retroceder en estándares de protección ambiental suele tener costos elevados y muchas veces irreversibles. Los sistemas glaciares son particularmente frágiles y su recuperación, una vez dañados, puede tomar siglos o simplemente no ocurrir. Por esta razón, el principio de no regresión ambiental (cada vez más reconocido en el derecho internacional) plantea que las normas de protección no deberían debilitarse una vez alcanzadas.

La discusión argentina, por lo tanto, trasciende sus propias fronteras. Más allá del resultado final del debate legislativo, el proceso deja una enseñanza relevante para los países andinos y el resto del mundo: las decisiones que se tomen hoy sobre los glaciares tendrán efectos que se extenderán por décadas, probablemente más allá de cualquier ciclo político.

En tiempos de cambio climático y creciente escasez hídrica, los glaciares ya no pueden considerarse únicamente elementos del paisaje. Son infraestructuras naturales que sostienen sistemas de abastecimiento de agua y servicios ecosistémicos vitales. Su protección, por tanto, no debería entenderse como un obstáculo para el desarrollo, sino como una condición básica para garantizarlo en el largo plazo.

Desde esta perspectiva, la discusión que hoy vive Argentina no solo revela las ya conocidas tensiones entre economía y conservación. También recuerda algo fundamental para Chile, para toda la región andina y el mundo: cuando se trata de glaciares, retroceder en su protección puede significar mucho más que un cambio legal. Puede implicar comprometer una de las reservas de agua más importantes del futuro y la supervivencia de los habitantes.

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